Residentes en el Exterior


Encuentre aquí la información necesaria para llevar a cabo los pasos administrativos que le permitan acceder al traspaso de sus haberes jubilatorios a cuentas bancarias de países fuera de la Argentina.

Recuerde que deberá realizar su registro mediante el siguiente Formulario de Registro a fin de dar inicio su trámite.

Documentación a presentar

A continuación se detallan los requisitos a cumplimentar para llevar a cabo el trámite de traspaso de su haberes jubilatorios a cuentas bancarias del exterior.

A) - SOLICITUD DE TRANSFERENCIA
  • Formulario F:2026 (Solicitud de transferencia de Haberes Previsionales) con firma legalizada por escribano/notario del país de residencia o legalización consular F:2026
  • Fotocopia del DNI, pasaporte y/o documento del exteiror debidamente legalizado.
  • Certificado de residencia emitido por el Consulado respectivo.
  • Datos de cuenta bancaria de exclusiva titularidad en entidad financiera del lugar de residencia, consignando denominación del banco, código SWIFT, N° de cuenta más IBAN y país (la presente deberá ser emitida por la entidad bancaria).
  • Dar conformidad mediante firma del Tarifario de costos de transferencia (Costos de Transferencias).
  • La documentación requerida deberá ser enviada por mail en archivos adjunto (solo en formato PDF) a las siguientes cuentas:
    cgillig@cajajper.gov.ar
    nora.arias@cajajper.gov.ar
    hdittler@cajajper.gov.ar
  • B) - REQUISITOS
    establecidos por la entidad bancaria y el Banco Central de la República Argentina para hacer efectiva mensualmente la transferencia de haberes.
  • Certificado de Supervivencia: Deberá ser remitido en los meses de febrero y agosto de cada año utilizando el siguiente formulario: SUPERVIVENCIA
  • Certificado de Residencia: actualizado al año en curso, emitido por el Consulado respectivo, caso contrario deberá estar Apostillado, Legalizado y Traducido al idioma castellano.

Registro

Utilice este formulario para dar de alta su registro a fin de agilizar los trámites administrativos.

Datos del Beneficiario


Referencia en Argentina



Atención

     A partir del mes de Enero de 2023 deberán presentar semestralmente el Certificado de Supervivencia aquellas beneficiarias/os residentes en en Exterior de la República Argentina (Resolución R1422021).


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